martes, 27 de mayo de 2008

3.-RAMON CASTILLA ABOLIÓ LA ESCLAVITU


Cuando hablamos en el Perú de la abolición de la esclavitud, nos referimos a la superación histórica de una condición servil que se presenta enmarcada dentro de dos características fundamentales: en primer lugar, estamos hablando de una esclavitud formal, es decir, de una esclavitud legalmente admitida y reglamentada por el Derecho; en segundo lugar, esa esclavitud se aplica sobre la población de origen africano.
Es esa esclavitud negra la que fue abolida el 3 de Diciembre de 1854 con la declaración del Presidente Castilla. Sin embargo, aún después de esa abolición, en el Perú se han mantenido formas esclavistas informales casi hasta nuestros días; y la condición servil ha sido aplicada ya no al negro sino al asiático con las llamadas contratas chineras y al indio con los contratos de enganche.

1 comentario:

sophia dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.